- Diputados de UPN impugnan la Ley de Parejas navarra en el Constitucional
- ya.com, 2000-10-06 # Agencias, Pamplona
Para presentar el recurso, el grupo parlamentario de UPN en el Congreso, formado por tres representantes, requería el apoyo de al menos 50 diputados. En concreto, ha recibido el apoyo de 84 diputados del PP. La presentación del recurso, que podría tardar incluso cuatro años en resolverse, no paraliza la ley.
El recurso, según explicó en conferencia de prensa el diputado Jaime Ignacio del Burgo, no contiene consideraciones de tipo ético, moral o religioso, si bien desde un punto de vista político consideró que contiene aspectos de significativa relevancia sobre los que "no se ha producido un debate social".
Entre éstos enmarcó la posibilidad legal reconocida a las parejas de homosexuales de adoptar hijos y al respecto dijo que "parece claro que hay un criterio dominante de que un niño en esta situación tendrá problemas de educación y formación", aspecto que el recurso recoge desde la óptica del "interés del menor", al que se refiere la Constitución, al entender que "se vulnera la obligación de los poderes públicos de proteger a los menores".
Invasión de competencias
Otros fundamentos jurídicos esgrimidos por UPN-PP son la "vulneración" del Amejoramiento del Fuero y la consiguiente "invasión de competencias del Estado", y la de los derechos a la libre personalidad y a la intimidad.
Sobre la "vulneración" del Amejoramiento el recurso recuerda que el estatuto navarro no puede afectar en su desarrollo a competencias que sean del Estado como es el caso de la regulación de las relaciones jurídico-civiles de las formas de matrimonio.
"Es el Estado el que decide dónde hay matrimonio y dónde no y los matrimonios son civiles o son canónicos, pero esta ley foral lo que regula es una nueva forma de matrimonio, a la que define como unión libre y de carácter estable pero sin contraprestación de consentimiento, y a la que le aplica un régimen prácticamente idéntico al del matrimonio", precisó el diputado.
Vulneración de derechos
Con respecto al derecho a la libre personalidad añadió que la ley foral confiere unos derechos "irrenunciables" para aquellas parejas que convivan al menos un año o tengan descendencia, pero ello a su juicio supone "que vulnera el derecho de estas personas a no ser pareja estable y a no estar sometido a un régimen jurídico determinado" que, además, tiene consecuencias por ejemplo de tipo fiscal y de inscripción en determinados registros oficiales, con lo que también se atenta a juicio del Burgo contra el derecho a la intimidad.
Aunque éstos son los fundamentos jurídicos principales del recurso, el diputado comentó que existen también otros aspectos como el hecho de que una persona que no tenga la vecindad navarra se vea afectada por el derecho foral si es pareja estable de un navarro con residencia en la comunidad foral, algo que también consideró "una invasión" de competencias.
Alertó asimismo sobre posibles fraudes a los que puede dar pie la ley aprobada por el Parlamento de Navarra en cuestiones como las sucesiones, ya que en la comunidad foral no se paga este impuesto entre cónyuges y el mismo derecho es ahora también de aplicación a las parejas consideradas estables por un año de convivencia.
Sentar precedente
Con estos argumentos el diputado consideró que sería positivo un rápido pronunciamiento del Tribunal Constitucional no sólo por seguridad jurídica en Navarra sino también para sentar criterios en asuntos sobre los que ya se han pronunciado otros legislativos autonómicos o trabajan en ello, "aunque ninguno con una regulación tan global" como la recurrida.
Jaime Ignacio del Burgo defendió por último la conveniencia de que la situación de las parejas de hecho se aborde para dar una respuesta a las mismas, pero defendió que se haga desde las Cortes Generales para establecer unos principios básicos de aplicación en todo el Estado que luego cada comunidad podrá desarrollar en función de su desarrollo competencial.