- Polonia: Ataque a los derechos de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero
- Amnistia Internacional, 2005-11-25
El 15 de noviembre de 2005, el alcalde de la ciudad de Poznan, Ryszard Grobelny, prohibió un acto público conocido como Marcha por la Igualdad, convocado por varias organizaciones feministas y de LGBT polacas para el 19 de noviembre. Según sus organizadores, el objetivo de la Marcha por la Igualdad era proporcionar una plataforma de debate sobre la tolerancia, la no discriminación y el respeto de los derechos de las minorías sexuales.
El alcalde prohibió la marcha debido a una "preocupación por la seguridad" y a la presunta "amenaza para los habitantes de Poznan". Sin embargo, según los informes, las cuestiones de seguridad –entre otras cosas la modificación del trayecto de la ruta de la marcha a fin precisamente de ajustarse a las necesidades de seguridad– ya se habían acordado entre la alcaldía y los organizadores. A Amnistía Internacional le preocupa que la decisión de prohibir esta marcha, al igual que ha ocurrido en casos anteriores, haya venido dictada por la intolerancia hacia los miembros de la comunidad GLBT en Polonia, y no únicamente por motivos de seguridad.
A pesar de la prohibición, algunos cientos de personas se congregaron el 20 de noviembre para manifestarse. Según los informes, fueron hostigadas e intimidadas por miembros de un grupo de derechas denominado Juventudes Polacas (Mlodziez Wszechpolska), cuyos integrantes al parecer gritaban "Gaseemos a los maricas" y "Os haremos lo que hizo Hitler con los judíos". La policía, que hacia el final de la marcha intervino para dispersar a los manifestantes, tratando con dureza a varias personas, según los informes, detuvo e interrogó a más de 65 personas, que más tarde quedaron en libertad.
A Amnistía Internacional le preocupa que los sucesos de Poznan no sean un hecho aislado, sino una más de una serie de prohibiciones de actos de la comunidad de LGBT. La Marcha por la Igualdad de Poznan de noviembre de 2004 se interrumpió al no proteger la policía a los manifestantes frente a los miembros de las Juventudes Polacas que interrumpieron el acto, y en la capital, Varsovia, se prohibieron los Desfiles por la Igualdad de junio de 2004 y de mayo de 2005.
Cuando en mayo de 2005 el entonces alcalde de Varsovia, Lech Kaczynski, del partido Ley y Justicia (Prawo i Sprawiedliwosc) y más tarde elegido presidente de Polonia, se negó por segundo año consecutivo a autorizar el Desfile por la Igualdad de Varsovia, alegó que el acto sería "sexualmente obsceno" y ofensivo para los sentimientos religiosos de terceras personas. Con todo, el 10 de junio se celebró un desfile improvisado que congregó a más de 2.500 personas. Menos de una semana después, el alcalde autorizó el denominado desfile de la "normalidad", durante el cual, según los informes, miembros de las Juventudes Polacas se manifestaron en las calles de Varsovia gritando lemas que incitaban a la intolerancia y la homofobia. En septiembre de 2005, un tribunal de Varsovia declaró ilegal la decisión del alcalde de prohibir el "Desfile por la igualdad".
Según los informes, durante el año otras figuras políticas realizaron afirmaciones claramente homófobas, como por ejemplo que si un homosexual "trata de infectar a otros con su homosexualidad, el Estado debe intervenir en esta violación de la libertad", pidiendo que "no se tolere a los homosexuales y los desviados" y señalando: "No confundamos la brutal propaganda de las actitudes homosexuales con llamadas a la tolerancia. Para ellos, nuestro gobierno supondrá una verdadera noche oscura".
Dado el clima existente respecto a la comunidad de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero en Polonia, a Amnistía Internacional le preocupa la reciente abolición de la Oficina del Plenipotenciario del Gobierno para la Igualdad entre el Hombre y la Mujer, responsable de promover la igualdad de trato de las minorías sexuales. La abolición de la Oficina hace de Polonia el único país de la Unión Europea sin un organismo de vigilancia oficial de esta igualdad ante la ley, y pone en tela de juicio su compromiso con la legislación de la Unión sobre la prohibición de la discriminación. En 2004, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas celebró el nombramiento del Plenipotenciario y "la ampliación de las competencias del Plenipotenciario a cuestiones relativas no sólo a la discriminación por motivos de género, sino también en razón de […] la orientación sexual". En aquel momento al Comité le preocupaba que el derecho de las minorías sexuales a no ser discriminadas no se reconociera en Polonia, y que no se investigaran y castigaran adecuadamente actos y actitudes discriminatorios contra personas por motivo de su orientación sexual. El Comité recomendó que el Estado Parte proporcionara capacitación adecuada a los funcionarios de la policía y la judicatura a fin de sensibilizarlos acerca de los derechos de las minorías sexuales y pidió la prohibición explícita de la discriminación en razón de la orientación sexual en la legislación polaca.
El derecho internacional prohíbe la discriminación por cualquier motivo y anima a los Estados a que introduzcan leyes que protejan a las personas de la incitación al odio. En concreto, tanto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos como el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales obliga a los Estados Parte a garantizar a todas las personas el disfrute de sus derechos humanos sin discriminación por motivo de orientación sexual. Polonia es signataria de ambos instrumentos y sus disposiciones son vinculantes para este país.
Amnistía Internacional pide a las autoridades polacas que cumplan estas obligaciones que exige el derecho internacional de los derechos humanos, prohibiendo explícitamente la discriminación de las minorías sexuales e investigando y penalizando toda expresión pública de incitación al odio e intolerancia contra estas minorías. Los miembros del gobierno y otros políticos destacados no sólo deben abstenerse de realizar públicamente comentarios homófobos, sino que deben ejercer su liderazgo para garantizar que los derechos fundamentales a la no discriminación, a la libertad de expresión y a la libertad de asociación se fomentan activamente y trabajar en la construcción de una sociedad donde puedan ser disfrutados por todos.