- El CGPJ propone sancional por falta grave al juez de Cantabria
- Europa Press, 2006-09-13 # Madrid
En una sentencia dictada en noviembre de 2005, en la que condenaba a la mujer a 60 días de multa por abofetear a su marido, el magistrado incluía tres páginas íntegramente a sermonear a la pareja para que pusiesen en medio de sus vidas "el Espíritu de Jesucristo Resucitado, capaz de llenar el anhelo de vida" que tienen sus corazones.
Tal y como había propuesto el Servicio de Inspección, la Comisión entiende que los argumentos utilizados por el juez son constitutivos de una falta grave contemplada en la Ley Orgánica del Poder Judicial, que sanciona "la utilización en las resoluciones judiciales de expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas o irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico".
En la mencionada sentencia del pasado mes de noviembre, el magistrado aconsejaba a la pareja "acudir a quien dispone de esa fuerza salvadora, que es la Iglesia Católica, diciendo a sus ministros que queréis participar y comer de ese fruto".
También recriminaba al marido que mantuviese relaciones con otra mujer más joven que su mujer. Así, criticaba al esposo que, como su pareja, "a una determinada edad", no podía ofrecerle "en sexo, afectividad o carácter" la vida que "anhelaba", se fuese "a beber de otra fuente que estima menos gastada".
El propio juez consideraba en su sentencia como algo "bueno y la mejor justicia" dar a la pareja consejos religiosos "como magistrado que aspira a ser cristiano".
La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) acordó el pasado mes de marzo remitir las actuaciones al CGPJ a los efectos de "depurar las posibles responsabilidades a que pudiera haber lugar" respecto al magistrado.