2006/12/23

> Berria: Eskubideak > EL GOBIERNO APRUEBA LA PENSION DE VIUDEDAD PARA LAS PAREJAS DE HECHO

  • El Gobierno aprueba la pensión de viudedad para las parejas de hecho
  • El periodo de cotización mínimo para acceder a una pensión pasa de 12,5 años a 15
  • El Consejo de Ministros dio ayer su visto bueno al establecimiento de la pensión de viudedad para las parejas de hecho. La medida figura en el acuerdo suscrito por el Gobierno, CEOE y Cepyme y CC. OO. y UGT. El texto de reforma de la Seguridad Social pasará por el Consejo de Estado antes de iniciar el trámite parlamentario.
  • Las Provincias, 2006-12-23 # Elisa García · Madrid

El Ministerio de Trabajo destaca que, además de ampliar el derecho a la viudedad, el anteproyecto contempla actuaciones que afectan a todas las prestaciones. La vicepresidente primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, aseguró en la habitual rueda de prensa que sigue al Consejo de Ministros, que la entrada en vigoe la ley estabilizará el sistema de pensiones y mejorara la calidad de sus prestaciones. Insistió en que se trata de unos cambios “imprescindibles” para despejar el futuro de la Seguridad Social.

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or primera vez desde 1978, una norma abordará cambios en la viudedad al equiparar estas prestaciones entre matrimonios y parejas de hecho. El derecho quedará reconocido a las parejas con convivencia acreditada, al menos de cinco años, e hijos comunes. La mejora también afecta al auxilio por defunción y a las indemnizaciones a tanto alzado en caso de muerte derivada de accidente laboral o enfermedad profesional.

En caso de divorcio sólo habrá prestación si se tiene reconocida pensión compensatoria. Si existiera concurrencia de beneficiarios con derecho a la viudedad, la ley garantizará el 50% de la base reguladora al cónyuge sobreviviente o a la persona que conviviera como pareja con el fallecido. Sin embargo, la viudedad será temporal, tanto en el matrimonio como en las parejas de hecho, si no se acreditan los requisitos expuestos, no existen hijos y la muerte obedece a causas comunes.

En cuanto a la jubilación, el anteproyecto varía el computo de días cotizados. Pasa el total necesario para acceder a la pensión de 4.700 días (12,5 años) a 5.475 (15 años); y fija cooeficientes reductores para adelantar la edad de jubilación para nuevas categorías de trabajos penosos y peligrosos y para discapacitados, sin que el retiro se pueda producir antes de los 52 años de edad.

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