- Las parejas de hecho percibirán pensión de viudedad si prueban haber convivido
- Gobierno, sindicatos y patronal cierran esta semana la reforma de la Seguridad Social
- El País, 2006-05-29 # Lucía Abellán
Las pensiones de viudedad se adaptan a los nuevos tiempos. Las parejas de hecho que puedan acreditar una convivencia mínima disfrutarán de esta prestación si dependen en buena parte de los ingresos del fallecido. Para los matrimonios se exigirán dos años de convivencia si no existen hijos y la muerte se ha producido por enfermedad común. Es una de las principales novedades del acuerdo sobre reforma de las pensiones que ultiman esta semana el Gobierno, los sindicatos y la patronal. El proyecto eleva el tiempo mínimo de cotización exigido para cobrar pensión.
El sistema de pensiones experimentará cambios que combinarán la mejora de algunas prestaciones y el endurecimiento para acceder a otras. La reforma prevista resulta muy tibia si se compara con las drásticas medidas que se han adoptado en Alemania y Reino Unido para frenar el gasto en pensiones. La diferencia radica en la situación financiera. Mientras el sistema español, del que dependen ocho millones de personas, acumula un excedente que supera el 1% del PIB, el alemán y el británico están amenazados por los números rojos.
Tras año y medio de discusiones, el Gobierno, los sindicatos UGT y CC OO y la patronal CEOE tienen prácticamente cerrado el acuerdo. Los flecos pendientes se zanjarán esta semana para poder firmarlo previsiblemente antes del próximo 9 de junio. La intención es que se escenifique en Moncloa con el presidente del Gobierno, al igual que ocurrió con la reforma laboral, pero dependerá de la agenda de José Luis Rodríguez Zapatero. Éstas son las principales novedades:
- Viudedad
Esta prestación, que perciben 2,2 millones de personas, se ampliará al colectivo de las parejas de hecho, aunque con condiciones más estrictas que las que se exigen a los matrimonios. Las parejas tendrán que acreditar una convivencia "mutua, estable y notoria, durante un periodo amplio", según el borrador sobre el que trabajan los negociadores. Ese periodo no se definirá en el acuerdo, sino posteriormente, en el desarrollo reglamentario. En todo caso, será superior a dos años e irá acompañado de otro requisito de dependencia económica. Si existen hijos se exigirá una dependencia superior al 50% de los ingresos del fallecido. Si no hay descendencia, la dependencia deberá superar el 75%.
La inclusión de las parejas de hecho persigue acabar con un vacío legal. En la actualidad, son los tribunales quienes han de resolver los conflictos que se produzcan en relación con este tipo de uniones.
Los matrimonios también deberán acreditar un periodo de vida en común: dos años (ahora no se exige nada). Ese criterio no se aplicará si existen hijos o si el cotizante muere por accidente. La pensión de viudedad se reformulará (previsiblemente se recortará) para los nacidos después del 1 de enero de 1967, ya que la mayor parte de las mujeres jóvenes están incorporadas al mercado laboral, al contrario que en generaciones anteriores. Este cambio de modelo se discutirá en el Parlamento.
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