- Condenado un cura a dos años de cárcel por abusar de un menor
- Un tribunal declara que el reo, de 74 años, abusó del niño en una vicaría
- El País, 2006-11-14 # José Antonio Hernández, Madrid
El tribunal declara como hechos probados los siguientes: Rafael S. N., sin antecedentes penales, en el periodo de tiempo comprendido entre el año 1958 y e1 2001 trabajó como secretario de la vicaria de la parroquia de Santo Domingo Guzmán, en Madrid. En esa situación, "entró en relación de amistad con la familia" de la víctima, un menor de edad. Según la sentencia, el cura acudía "con asiduidad" a la casa de esta familia "para el cuidado de los hijos, formación religiosa y refuerzo para los deberes escolares" de éstos.
"Con afán de satisfacer sus instintos libidinosos, primero en la casa de 1a familia y después en la vicaría, [el acusado] llevó a cabo tocamientos a un menor [de esta familia] y obligó a éste a que le tocara a él". Esos hechos, según el relato del tribunal, "se repitieron en un número de ocasiones no determinado entre finales de 1999 y 2001, utilizando para ello la excusa de que ello era bueno y sano para el desarrollo corporal".
El tribunal también ha condenado al sacerdote a que indemnice al menor con 30.000 euros por los daños materiales y morales causados. Si éste no paga, deberá hacerlo por él el Arzobispado de Madrid. Para la condena, el tribunal ha dado credibilidad al relato del menor en el juicio. En ese momento, la víctima ya tenía más de 18 años, mayoría de edad. El tribunal también ha valorado "otros datos" proporcionados por testigos y peritos en la vista. La sala estima que los hechos "tienen encaje" en la figura penal del delito continuado de abusos sexuales, ya que "el acusado es un sacerdote que instruye al grupo de monaguillos de la parroquia, del que forma parte la víctima", a quien da clases en su casa "para mejorar su rendimiento asiduamente". Según el tribunal, el acusado "convirtió un acto cotidiano en un instrumento de satisfacción de sus instintos sexuales", lo que obliga a considerar los hechos como "delito continuado".
La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo.
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