2006/06/30

> Berria: Berdintasuna > SE APRUEBA LA LEY UNIVERSITARIA QUE EXIGE LA PARIDAD EN LOS ORGANOS DE DECISION

  • El Ejecutivo aprueba la ley universitaria que exige la paridad sexual en los órganos de decisión
  • Recibirán especial atención las mujeres víctimas de la violencia machista en la política de becas
  • El País, arg. dig., 2006-06-30 # EP, Madrid
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el anteproyecto de modificación de la Ley Orgánica de Universidades (LOU), que habrá de ser remitido al Consejo de Estado para el informe preceptivo de este órgano consultivo. La reforma, que va acompañada de una memoria económica, exige igualdad entre los dos sexos en los órganos de gobierno.

La educación superior es el primer sector en el que se establecen por ley fórmulas para asegurar la igualdad entre hombres y mujeres en los órganos de decisión. De los 72 rectores que hay en las universidades españolas, sólo cuatro son mujeres, y únicamente el 33% de las cátedras de universidad están en manos de ellas. Estos datos contrastan con el hecho de que en España hay ya más mujeres con formación universitaria que hombres, más estudiantes, más licenciadas e incluso más doctoras.


A continuación se enumeran las principales novedades del texto, que modifica la Ley Orgánica de Universidades (LOU) impulsada por el PP y aprobada el 21 de diciembre de 2001:

- Universidades privadas. También en sus órganos de representación y gobierno deberá haber una "presencia equilibrada" entre hombres y mujeres.
- Vicerrectores y decanos. El texto excluye al equipo de gobierno de estos centros de esta obligación, al igual que tampoco se incita a ello en la Ley de Igualdad a los gobiernos central y autonómicos.
- Unidades de igualdad. Una disposición adicional de la ley establece la creación de "unidades de igualdad" en todas las universidades para desarrollar todas las funciones relacionadas por el principio de igualdad.
- Violencia de género. En la política de becas se introduce la especial atención a las personas víctimas de violencia de género y con discapacidades para garantizar que puedan seguir los estudios superiores.
- Derechos de los estudiantes. Se especifican tres nuevos: a recibir un trato no sexista; a la no discriminación por razones de sexo, raza, religión o discapacidad, y a que se reconozca su participación en la vida universitaria.

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