2006/06/07

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  • Los travestis tendrán libreta sanitaria
  • LA Voz del Interior [Argentina], 2006-06-07 # Corresponsalía, Río Cuarto
Por unanimidad, el Concejo Deliberante de Río Cuarto produjo ayer una modificación a la ordenanza de espectáculos públicos, para contemplar la posibilidad de que los travestis que trabajan en cabarets se hagan controles médicos y pasen a contar con libreta sanitaria, igual que las alternadoras mujeres. No se conocen antecedentes de este tipo de medidas en otras ciudades.

La iniciativa surgió a raíz de que el 15 de marzo de 2005, un joven travesti se presentó espontáneamente ante el Ente Municipal de Control para solicitar la libreta sanitaria como “bailarina de pista” de un cabaret local. Ya se había hecho, por propia iniciativa, los análisis de sangre pero no podía cumplir con otros estudios solicitados por la norma, exclusivamente referida al sexo femenino.

En el Edecom le negaron la libreta sanitaria, pero se impulsó un cambio en la normativa para evitar la discriminación y asegurar la prevención de enfermedades de transmisión sexual. Si bien todos los estamentos estuvieron de acuerdo en asegurar un trato igualitario, el trámite demoró más de un año.

En la ordenanza aprobada ayer se establece que el personal “femenino o masculino” de los cabarets que alterne con el público deberá ser mayor de 21 años y someterse a un examen médico cada 15 días.

Los estudios que se exigen a los varones, para que puedan contar con libreta sanitaria, son VDRL, Hudlesson, exudado uretral (en lugar del exudado vaginal) e hisopado anal (“para descartar gonococcia”). Voluntariamente, pueden hacerse un análisis de VIH, tal como establece la ley nacional.

Expediente demorado

Tras el informe producido en marzo del año pasado por los inspectores de moralidad y los encargados de reconocimiento médico, el expediente del joven travesti pasó por innumerables despachos y recién en marzo de 2006 la secretaría del Edecom sugirió los cambios necesarios.

El dictamen dice textualmente que no es admisible ningún tipo de discriminación basada en la condición o en la opción sexual. “Hoy a nadie extraña la existencia de cabarets o comercios similares donde los clientes son solamente mujeres y los bailarines o alternadores son varones. Ni llama la atención que entre ambos conceptos existan las más variadas formas de este tipo de entretenimiento: de tipo mixto, sólo para homosexuales varones o sólo para lesbianas; ni que de estos dos últimos existan también las más variadas mixturas”, plantea el secretario del Edecom, Jorge Pavón.

Gladis Felici, del área jurídica del Ente de Control, citó la Declaración Universal de los Derechos Humanos al referirse al tema.

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