- Denunciar los acuerdos
- Sobre la financiación con impuestos estatales de la religión y su enseñanza obligatoria
- El País, Domingo gehigarria, 2008-07-16 # Santos Juliá
En el Memorial y manifiesto contra los impuestos para la enseñanza de la religión, escrito por James Madison en 1785, figura un argumento que no ha perdido nada de su vigor y que debía suscitar alguna reflexión entre la ensoberbecida jerarquía de la Iglesia católica española. Dice allí Madison que apoyar con subvenciones a la religión cristiana representa una contradicción con la propia religión, "pues todas las páginas de su doctrina excluyen una dependencia de los poderes de este mundo". Más aún, unos creyentes convencidos de la verdad de su fe no tendrían por qué recurrir al Estado para subvencionar la enseñanza de su religión: si lo hacen es porque en el fondo son "demasiado conscientes de sus falacias como para confiar en sus propios méritos". Toda la experiencia atestigua -siempre según Madison- que los reconocimientos oficiales de las Iglesias, en lugar de mantener la pureza y eficacia de la religión, han operado convirtiéndola en causa de sangrientos conflictos.
Como banderas de la actitud levantisca adoptada por los obispos españoles, ocupan lugares de privilegio la financiación de su Iglesia por medio de impuestos estatales y la obligatoriedad de enseñanza de su religión en horario escolar, con efectos académicos equiparables a las materias curriculares. Conscientes los obispos de que, sostenida en las contribuciones voluntarias de sus fieles, perdería su Iglesia más de la mitad del poder del que suele hacer vana ostentación, exigen del Estado un incremento del porcentaje de IRPF que hasta ahora reciben. Y como la proverbial tacañería del feligrés español a la hora de rascarse el bolsillo para sufragar los gastos de su Iglesia no tiene remedio, los obispos quieren que papá Estado se ocupe. Si no lo hace en la medida deseada, "¡persecución!", clama la crecida grey de propagadores de falacias.
Por lo que respecta a la enseñanza de su religión, los obispos exigen mantener como catequistas (o sea, como personas susceptibles de ser destituidas según la libre voluntad episcopal) a los encargados del adoctrinamiento católico, mientras cargan sobre el Estado los salarios y el astronómico coste de las indemnizaciones por despidos improcedentes: más de 300 millones llevamos gastados los españoles en indemnizar a catequistas despedidos por sus obispos. La falacia episcopal consiste en considerar a estos docentes como catequistas, en lo que tienen de gentes que reciben de los obispos la venia para propagar el dogma y la moral católicas, mientras el Estado les paga religiosamente un sueldo y, en su caso, una indemnización, en cuanto profesores de una mal llamada asignatura de religión.
La buena doctrina exige que si alguien es catequista lo sea a todos los efectos: su fe, acendrada; su moral, intachable; su trabajo, voluntario. Así no habría obispo capaz de despedirlo. Si alguien, por el contrario, quiere ser profesor de religión tendría que pasar una oposición sobre un programa determinado por las autoridades competentes y enseñar su materia como un hecho que reviste diferentes características en distintos tiempos y culturas; sería miembro permanente de un claustro que para nada se entrometería en su vida privada y... ¡no habría más despidos por salir de copas, divorciarse o contraer segundo matrimonio, aunque fuera homosexual!
Todo esto es tan elemental como el transparente Memorial de Madison. Pero el Estado español ha caminado en dirección contraria: no sólo paga un salario a los catequistas católicos, tratándolos como empleados públicos, sino que ha firmado acuerdos con otras religiones para que todas tengan la oportunidad de propagar sus creencias en las escuelas. Pasable sería que esta propaganda de fe religiosa en espacios públicos se organizara fuera del horario escolar, en colegios abiertos una hora extra para que catequistas, pastores, rabinos o imanes transmitan sus doctrinas a quienes lo deseen; pero es un disparate que las creencias y morales religiosas se impartan en horario escolar, obligando además a quienes opten por no recibir ninguna a consumir un tiempo inútil.
Las religiones tienen como lugar propio de transmisión las respectivas comunidades de creyentes, que de ninguna manera pueden identificarse con la comunidad de ciudadanos. Si los acuerdos con la Santa Sede de 3 de enero de 1979 se esgrimen, como acostumbra el cardenal de Toledo y el portavoz de la Conferencia Episcopal -máximos expertos en argumentos falaces- para exigir que los colegios impartan dogma y moral católicos en horario escolar y en idénticas condiciones que las materias curriculares, entonces a un Estado no confesional no le queda más remedio que denunciarlos. James Madison estaría encantado de proporcionar a las autoridades públicas razones suficientes para demostrar que esos acuerdos chocan con la letra de la Constitución promulgada una semana antes.
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