- Dos guardias civiles piden la retirada de una estatuilla de la Virgen del Pilar de su cuartel
- Los agentes, destacados en Almodóvar del Río (Córdoba), consideran que la presencia de la figura vulnera su derecho a la libertad religiosa
- El País, arg. digitala, 2006-06-20 # EP, Córdoba
La citada figura religiosa está expuesta sobre una repisa de madera y situada en el pasillo de acceso a las oficinas del cuartel, donde se recibe y atiende a los ciudadanos, y que sirve también como sala de espera, ha informado a Europa Press a través de un comunicado la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC).
Los dos agentes comunicaron a la AUGC su preocupación por este asunto y los servicios jurídicos de la AUGC les han estado asesorando al respecto. En un principio, los dos guardias civiles le hicieron el requerimiento al sargento comandante del cuartel de la localidad, quien desestimó sus solicitudes alegando que se trata de la patrona de la Guardia Civil. Ante dicha negativa, acudieron primero al capitán de la Compañía de Córdoba a la que están adscritos y posteriormente al teniente coronel jefe de la Comandancia de Córdoba, mandos que ni siquiera contestaron a las solicitudes presentadas, por lo que hace unos días decidieron elevar dicha reclamación al director general de la Guardia Civil. Si dicha petición tampoco prospera, tienen intención de acudir al Ministerio del Interior, así como al Defensor del Pueblo.
Ante esto, la AUGC opina que "los mismos argumentos tenidos en cuenta para ordenar la retirada de símbolos religiosos en aquellos colegios en que los padres así lo solicitan, son igualmente válidos para este caso, puesto que se trata de un edificio de la Administración pública estatal, y la exposición de símbolos religiosos en el mismo vulnera la aconfesionalidad del Estado garantizada por la Constitución Española". A juicio de la AUGC, "la colocación de un símbolo religioso en las dependencias oficiales de un cuartel de la Guardia Civil impregna de su significado a cuantas personas prestan servicio en dicho lugar, sin permitir diferenciación alguna para las personas que profesen diferentes confesiones o creencias distintas de la simbolizada".
Según añade, "se obliga, por tanto, a estas personas a soportar su identificación necesaria con un símbolo que no les representa en absoluto, y que no sólo afecta a quienes allí trabajan, sino también a los ciudadanos que acuden a las citadas dependencias para ser atendidos". El Estado, según argumenta la AUGC, "debe garantizar la neutralidad ideológica y religiosa en el funcionamiento de las instituciones, establecimientos, centros y servicios públicos que dependan de la Administración pública, incluidos los centros docentes, hospitales, centros penitenciarios, cuarteles de las Fuerzas Armadas o de los Cuerpos de Seguridad", de tal manera que, "en todos ellos, ningún ciudadano o trabajador podrá ser discriminado, positiva o negativamente, en razón de sus creencias".
En este sentido, recuerda que, "tal como dice el Defensor del Pueblo Andaluz en su informe del 6 de agosto de 2001, la existencia de símbolos religiosos en dependencias de la Administración pública puede vulnerar el derecho a la libertad religiosa de las personas y, por tanto, deben ser retirados cuando así lo solicite alguno de los que se consideren afectados".
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